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Comisión de depósitoC omisión que recibe la entidad depositaria como remuneración a sus servicios.
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Comisión de depósitoTambién llamada comisión de custodia. El depositario la percibe como remuneración a sus servicios. Se devenga diariamente y es implícita; es decir, ya está deducida del valor liquidativo al que el partícipe suscribe o reembolsa participaciones.
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